Pasos para el cobro de premios mayores de Lotería Tradicional (LOTRA) y de Lotería Instantánea (LOTÍN)
1. Firmar en el reverso cada uno de los vigésimos o boletos premiados.
2. Presentarse en las oficinas de la Lotería Nacional con los vigésimos o boletos premiados y con los siguientes documentos de identidad:
Oficinas de la Lotería Nacional de Beneficencia en las que se puede efectuar el cobro:
a) En la Zona Occidental del país: Oficina de la Agencia Regional de la ciudad de Santa Ana, situada sobre la 4a. Avenida Sur, entre 3ª y 5ª Calle Poniente, local 4, frente a Almacén el Trébol.
b) En la Zona Oriental del país: Oficina Regional de la ciudad de San Miguel, situada sobre la Calle Gerardo Barrios y 4ª Calle Poniente, Banco PROMERICA Centro, segundo nivel.
c) En la Zona Central del país: i) Oficina de la Agencia Regional de San Salvador, situada sobre la Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Romero y 3ª Calle Oriente o ii) en las Oficinas Centrales de la Lotería Nacional de Beneficencia, situadas sobre la Alameda Roosevelt y 47 Avenida Norte, No. 110, San Salvador.
IMPORTANTE
1. Según lo establece el Artículo 160 reformado del Código Tributario, se retendrá por concepto de impuesto sobre la Renta, así:
2. Los premios podrán ser cobrados por el ganador o por Apoderado Especial.
3. Favor verificar que los datos del DUI sean consistentes con los del NIT.